Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribucion Parafiscal Ugpp·Demandado Gutierrez Peña Pedro Manuel

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico).

La controversia objeto de la presente decisión se enmarca en la demanda de nulidad y restablecimiento de derecho interpuesta por la UGPP en contra de un acto administrativo, en materia pensional, proferido por una entidad liquidada –Empresa Puertos de Colombia–, cuyas obligaciones relativas a la administración de los derechos y prestaciones sociales quedó a cargo de la entidad demandante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 316 y 840 de 2021, en virtud de la cual se estableció que (i) cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011 y (ii) la anterior regla aplica a las demandas en contra de los actos administrativos proferidos por una entidad pública liquidada, que sean interpuestas por la entidad que la subrogó en sus derechos y obligaciones.

Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico), en el sentido de DECLARAR que la Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la UGPP contra el señor Pedro Manuel Gutiérrez Peña.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2951a la Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Sexto. Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico) y a las sujetos procesales y partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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